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Condiciones generales de contratación y venta

Versión 1.3 · En vigor desde 28 de agosto de 2026 Descargar en PDF

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Palesa Core, S.L.U. — Senthia Core
Versión 1.3, en vigor desde 28 de agosto de 2026

Aviso destacado. Todas las piezas Senthia Core se fabrican individualmente bajo pedido, en piedra natural, conforme a las cotas y especificaciones definidas y aprobadas por el cliente con carácter previo a la emisión de la proforma. Por esta razón no se admiten devoluciones ni cancelaciones por cambio de opinión, error de medición del cliente, cambio de proyecto o disconformidad con el tamaño, el tono o el veteado de la pieza, siempre que esta se ajuste a las cotas aprobadas y a las tolerancias del apartado 6. Sí se atienden las faltas de conformidad y los defectos de fabricación conforme al apartado 13.

El plazo de fabricación se expresa como horquilla estimada y puede suspenderse por las causas del apartado 9.2. Lea con especial atención los apartados 4, 5, 6, 9, 11, 12 y 13.

1. Identificación del vendedor

Palesa Core, S.L.U., con NIF B-93840452 y domicilio en Polígono Industrial Cavila, polígono 85, parcela 86, 30400 Caravaca de la Cruz, Murcia (España), inscrita en el Registro Mercantil de Murcia, Hoja MU-121203, Inscripción 1.ª, que opera bajo la marca comercial Senthia Core (en adelante, "el Vendedor").

Correo electrónico: trade@senthiacore.com. Teléfono: +34 672 553 978.

2. Objeto y ámbito de aplicación

2.1. Las presentes Condiciones Generales de Contratación (las "Condiciones") regulan la venta de piezas de piedra natural fabricadas por el Vendedor, así como el suministro de bloque, tabla y corte a medida, a favor de cualquier persona física o jurídica que formalice un pedido (el "Cliente").

2.2. Las Condiciones se aplican a todos los presupuestos, proformas, pedidos y contratos de venta del Vendedor, con preferencia sobre cualesquiera condiciones generales de compra del Cliente, que no serán aplicables salvo aceptación expresa y por escrito del Vendedor. La recepción por el Vendedor de una orden de compra que incorpore condiciones propias del Cliente no supone aceptación tácita de estas, aunque el Vendedor ejecute el pedido.

2.3. Las Condiciones están disponibles de forma permanente en https://www.senthiacore.com/condiciones, en formato susceptible de descarga, impresión y archivo, con indicación de versión y de fecha de entrada en vigor. Todo presupuesto y proforma emitido por el Vendedor incorpora remisión expresa al enlace permanente de la versión aplicable. Cuando el Cliente sea Consumidor, el Vendedor le facilitará además copia en formato PDF, en soporte duradero, con carácter previo a la formalización del pedido.

2.4. En caso de contradicción entre las Condiciones y las condiciones particulares pactadas por escrito en un presupuesto o contrato específico, prevalecerán estas últimas exclusivamente en lo expresamente pactado.

3. Definiciones

Cliente Profesional: persona física o jurídica que contrata en el marco de su actividad empresarial o profesional, incluidos distribuidores, showrooms, estudios de arquitectura e interiorismo, contratistas, promotores e instaladores.

Consumidor: persona física que actúa con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión, conforme al artículo 3 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007 ("TRLGDCU").

Pieza: cada unidad de producto fabricada por el Vendedor.

Cotas: el conjunto de dimensiones, geometrías, espesores, radios, perforaciones, ubicación de desagüe, acabados y demás especificaciones técnicas de una Pieza, recogidas en el documento gráfico o ficha técnica remitida por el Vendedor, incluidas las especificaciones elegidas por el Cliente.

Aprobación de Cotas: la conformidad expresa, por escrito y trazable, prestada por el Cliente sobre las Cotas de cada Pieza. La respuesta por correo electrónico manifestando conformidad tiene la consideración de aprobación por escrito.

Proforma: documento emitido por el Vendedor tras la Aprobación de Cotas, que detalla las Piezas, cantidades, importes, condiciones de pago y horquilla de plazo, y cuyo pago total o parcial conforme al apartado 8 formaliza el pedido.

Fecha de Inicio de Cómputo: aquella en que concurren simultáneamente la Aprobación de Cotas y la recepción efectiva en la cuenta del Vendedor del primer pago exigible.

4. Naturaleza del producto: piedra natural

4.1. Las Piezas se fabrican en piedra natural extraída de cantera. La piedra natural es un material geológico no homogéneo, cuyas características varían entre bloques, entre tablas de un mismo bloque y dentro de una misma pieza.

4.2. Se consideran características inherentes al material y no constituyen defecto ni falta de conformidad:

  • a) Las variaciones de tono, intensidad cromática y saturación entre piezas, incluso dentro de un mismo pedido y aunque procedan del mismo bloque.
  • b) La presencia, orientación, densidad y contraste del veteado.
  • c) La presencia de fósiles, conchas, restos orgánicos y estructuras sedimentarias visibles en superficie.
  • d) La presencia de poros, oquedades, vetas de calcita, estilolitos, cambios de grano y microfisuras cerradas propias del material, siempre que no comprometan la integridad estructural de la Pieza.
  • e) Las diferencias de aspecto respecto de muestras, catálogos, fotografías o renders, que tienen carácter meramente orientativo.
  • f) La evolución natural del aspecto de la piedra por el uso, la exposición a la luz y el contacto con el agua, incluida la pátina.
  • g) Las diferencias de aspecto entre piezas suministradas en pedidos distintos o en fechas distintas, derivadas del agotamiento de un banco de cantera o del cambio de frente de extracción.

4.3. El Cliente reconoce conocer y aceptar la naturaleza del material y acepta expresamente que las circunstancias del apartado 4.2 no dan derecho a devolución, sustitución, reducción de precio ni indemnización.

4.4. El Vendedor puede facilitar muestras físicas a solicitud del Cliente. Las muestras tienen valor indicativo del tipo de material, no de la apariencia exacta de la Pieza que se fabricará. El Vendedor no garantiza la reproducción de un tono o veteado concreto ni la continuidad de aspecto entre pedidos separados en el tiempo.

4.5. Cuando el Cliente requiera continuidad de aspecto entre varias Piezas, deberá solicitarlo expresamente antes de la Aprobación de Cotas y contratarlas como suministro único procedente de un mismo bloque, lo que puede conllevar sobrecoste y ampliación de plazo. En defecto de solicitud expresa, no se garantiza continuidad alguna.

4.6. Criterio de evaluación visual

4.6.1. A los efectos de valorar cualquier discrepancia relativa al color, tono, veteado, textura o aspecto de una Pieza, la comparación se realizará conforme a los siguientes criterios, que las partes aceptan como método contractual de evaluación:

  • a) A una distancia mínima de dos metros desde la superficie de la Pieza.
  • b) Con luz natural difusa o iluminación artificial neutra equivalente, sin luz rasante, focos dirigidos ni contraluz.
  • c) Con la Pieza en su posición final de uso y en las mismas condiciones de luz, temperatura y humedad en que se encuentre instalada.
  • d) Sobre el conjunto de la Pieza, no sobre un punto o detalle aislado.

4.6.2. Las fotografías, renders y muestras facilitados por el Vendedor tienen carácter genérico e ilustrativo del tipo de material y deben compararse conforme a los criterios anteriores.

4.6.3. No constituyen falta de conformidad las diferencias que solo resulten apreciables a distancia inferior a dos metros, con luz rasante o dirigida, o mediante examen de detalle de un punto concreto de la superficie.

5. Proceso de contratación

5.1. El Sitio Web no constituye una tienda en línea con contratación automatizada. La contratación se articula así:

  • a) Consulta. El Cliente traslada sus necesidades: modelo, dimensiones deseadas, tipo de instalación, punto de agua, grifería prevista y condicionantes de obra.
  • b) Definición técnica y Cotas. El Vendedor remite el documento de Cotas de cada Pieza, que recoge las especificaciones elegidas por el Cliente.
  • c) Aprobación de Cotas. El Cliente revisa las Cotas y comunica por escrito su conformidad. Este paso es requisito indispensable y no puede omitirse. El Vendedor no emitirá Proforma sin Aprobación de Cotas.
  • d) Proforma. El Vendedor emite la Proforma con el detalle económico, la horquilla de plazo y las condiciones aplicables.
  • e) Formalización. El pago del importe indicado en la Proforma perfecciona el contrato de compraventa y supone la aceptación plena de las presentes Condiciones y de las Cotas aprobadas.
  • f) Confirmación. El Vendedor confirma la recepción del pago y la entrada del pedido en fabricación.

5.2. Los presupuestos y proformas tienen una validez de treinta días naturales desde su emisión, salvo indicación expresa en contrario. Transcurrido dicho plazo, el Vendedor podrá revisar precios y plazos.

5.3. Cada Pieza se fabrica individualmente conforme a las especificaciones definidas por el Cliente en el documento de Cotas. El Vendedor no mantiene existencias de producto terminado y no inicia fabricación alguna sin Aprobación de Cotas previa. Las denominaciones de modelo y las dimensiones publicadas en el catálogo constituyen configuraciones de referencia sobre las que el Cliente define sus propias especificaciones.

5.4. Es responsabilidad exclusiva del Cliente verificar, antes de la Aprobación de Cotas, que las dimensiones y especificaciones se ajustan al espacio, mobiliario, encimera, instalación hidráulica y grifería de destino.

5.5. Modificaciones tras la formalización

5.5.1. El Cliente podrá solicitar modificaciones de las Cotas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la formalización del pedido, siempre que no se haya iniciado la selección de material ni el corte. Dentro de ese plazo y con esas condiciones, la modificación se aceptará sin recargo, sin perjuicio del ajuste de precio que corresponda si varía el material empleado, y con reinicio del cómputo del plazo desde la nueva Aprobación de Cotas.

5.5.2. Transcurrido dicho plazo, o iniciada la selección de material o el corte, cualquier modificación requerirá la aceptación expresa del Vendedor y podrá conllevar recargo, ampliación de plazo o su tratamiento como pieza nueva.

5.5.3. Ninguna modificación se entenderá aceptada hasta que el Vendedor la confirme por escrito y el Cliente apruebe las nuevas Cotas.

5.6. Idoneidad del proyecto y alcance del asesoramiento técnico

5.6.1. El Vendedor puede prestar asesoramiento técnico sobre alturas de encimera, compatibilidad de grifería, diámetros máximos recomendados, ubicación de desagüe y cuestiones análogas. Dicho asesoramiento se presta a título orientativo y sobre la base exclusiva de la información facilitada por el Cliente, sin comprobación in situ y sin acceso al proyecto de ejecución.

5.6.2. El asesoramiento del Vendedor no constituye proyecto, dirección facultativa, cálculo estructural ni certificación técnica, y no sustituye la verificación que corresponde al Cliente, a su arquitecto, a su aparejador o a su instalador.

5.6.3. Corresponde exclusivamente al Cliente:

  • a) La toma de medidas del espacio de destino y su verificación en obra.
  • b) La comprobación de que el mueble, encimera o soporte previsto admite el peso de la Pieza. El Vendedor facilitará el peso aproximado a solicitud del Cliente.
  • c) La verificación de la compatibilidad de la Pieza con la grifería, el desagüe y la instalación hidráulica.
  • d) La coordinación con el resto de oficios y con el calendario de obra.

5.6.4. La inexactitud, insuficiencia o desactualización de la información facilitada por el Cliente será de su exclusiva responsabilidad y no dará lugar a devolución, sustitución ni indemnización.

5.7. Disponibilidad de material

5.7.1. La ejecución del pedido está condicionada a la disponibilidad en cantera de material apto en calidad, dimensión y homogeneidad suficientes.

5.7.2. Si tras la formalización el Vendedor constata que no dispone de material apto, lo comunicará sin demora y ofrecerá al Cliente, a elección de este:

  • a) La ejecución con material de características similares o superiores, sin incremento de precio.
  • b) La ampliación del plazo hasta la disponibilidad de material apto, indicando nueva horquilla.
  • c) La resolución del contrato con devolución íntegra de las cantidades abonadas, sin penalización ni indemnización para ninguna de las partes.

5.7.3. Frente al Consumidor se aplicará conforme al artículo 111 del TRLGDCU, quedando a salvo en todo caso su derecho a la devolución íntegra.

6. Tolerancias dimensionales y acabado

6.1. Las Piezas se ejecutan con procesos de mecanizado y terminación manual. Se establece una tolerancia dimensional de ±2 mm sobre las Cotas aprobadas en cada dimensión principal.

6.2. Las desviaciones dentro de la tolerancia indicada no constituyen defecto ni falta de conformidad y no dan derecho a devolución, sustitución ni reducción de precio.

6.3. El acabado superficial se ejecuta de forma manual. Se consideran propias del proceso y no constituyen defecto las mínimas irregularidades de superficie apreciables al tacto en cantos y aristas, así como las leves diferencias de textura entre piezas.

6.4. Cuando el proyecto del Cliente exija tolerancias inferiores, deberá comunicarlo por escrito antes de la Aprobación de Cotas. El Vendedor valorará la viabilidad técnica y, en su caso, las condiciones económicas aplicables. En defecto de comunicación previa se aplicará la tolerancia del apartado 6.1.

6.5. El Cliente debe prever en su proyecto la holgura necesaria para absorber la tolerancia indicada. La imposibilidad de instalar una Pieza por ausencia de holgura en un hueco ejecutado a medida exacta no constituye falta de conformidad.

7. Precios e impuestos

7.1. Los precios son los indicados en el presupuesto o Proforma aceptados. Salvo indicación expresa en contrario, se entienden EXW Caravaca de la Cruz (Incoterms® 2020), sin incluir embalaje especial, transporte, seguro, descarga, aranceles, tasas ni impuestos de destino.

7.2. Los precios se expresan en euros y no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido, que se repercutirá al tipo legalmente aplicable en la fecha de devengo.

7.3. En operaciones intracomunitarias con Clientes Profesionales, la exención del IVA queda condicionada a que el Cliente facilite un número de operador intracomunitario válido y verificable en el sistema VIES y a que se cumplan los requisitos de prueba del transporte. En caso contrario se facturará con IVA español. Si con posterioridad la Administración tributaria denegara la exención por causa imputable al Cliente, este reembolsará al Vendedor la cuota, los recargos, los intereses y las sanciones que se deriven.

7.4. En exportaciones fuera de la Unión Europea, los aranceles, impuestos de importación, gastos de despacho aduanero y demás tributos o costes en destino son por cuenta exclusiva del Cliente. La retención de la mercancía en aduana de destino, su abandono o su devolución por causa imputable al Cliente no da derecho a reembolso.

7.5. El Vendedor se reserva el derecho a modificar sus tarifas. Las modificaciones no afectarán a los pedidos ya formalizados.

8. Condiciones de pago

8.1. Salvo pacto expreso distinto recogido en la Proforma: 40 % del importe total a la formalización del pedido y 60 % restante con carácter previo a la expedición.

8.2. La fabricación no se inicia hasta la recepción efectiva del primer pago. La expedición no se realiza hasta la recepción efectiva del importe total.

8.3. El medio de pago ordinario es la transferencia bancaria a la cuenta indicada en la Proforma. Los gastos y comisiones bancarias son por cuenta del Cliente. Los importes deben abonarse libres de retenciones y deducciones de cualquier clase.

En operaciones internacionales, el Vendedor podrá aceptar, previo acuerdo expreso recogido en la Proforma, el pago mediante crédito documentario irrevocable y confirmado por entidad de primer orden domiciliada en la Unión Europea, o mediante confirming de entidad española. Los gastos de apertura, confirmación, aviso y negociación serán por cuenta del Cliente salvo pacto expreso en contrario. La producción no se iniciará hasta la recepción del aviso de confirmación del crédito por parte de la entidad confirmadora.

8.4. Advertencia de seguridad. El Vendedor no modifica sus datos bancarios por correo electrónico sin confirmación telefónica previa. Ante cualquier comunicación que anuncie un cambio de cuenta, el Cliente debe verificarlo llamando al +34 672 553 978 antes de emitir pago alguno. El Vendedor no responderá de pagos efectuados a cuentas distintas de las que constan en la Proforma original.

8.5. Reserva de dominio. La propiedad de las Piezas no se transmite al Cliente hasta el pago íntegro del precio, sin perjuicio de la transmisión del riesgo conforme al apartado 10. Hasta entonces, el Cliente Profesional se obliga a mantener las Piezas identificadas y separadas, a no pignorarlas ni gravarlas, y a comunicar de inmediato cualquier embargo o procedimiento que las afecte.

8.6. El Cliente no podrá compensar créditos frente al Vendedor ni retener pagos alegando reclamaciones pendientes, salvo que hayan sido expresamente reconocidas por el Vendedor o declaradas por resolución firme. No aplicable al Consumidor.

8.7. Intereses de demora (Cliente Profesional). El impago total o parcial a su vencimiento devengará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo, el interés legal de demora del artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, publicado semestralmente en el Boletín Oficial del Estado.

8.8. Compensación por costes de cobro (Cliente Profesional). Conforme al artículo 8 de la Ley 3/2004, el Vendedor tendrá derecho a percibir cuarenta euros por cada factura impagada en concepto de indemnización por costes de cobro, que se añadirá a la deuda principal sin necesidad de petición expresa. Podrá además reclamar los gastos de cobro adicionales acreditados, incluidos honorarios de abogado y procurador aunque su intervención no fuera preceptiva.

8.9. Suspensión de suministros. El impago de cualquier cantidad vencida faculta al Vendedor para suspender la fabricación, la expedición y la atención de nuevos pedidos del mismo Cliente, sin responsabilidad por demora ni derecho a indemnización. El plazo de los pedidos afectados quedará suspendido durante el impago y se reanudará desde su regularización.

8.10. Vencimiento anticipado. El impago de cualquier vencimiento, la solicitud de concurso, la apertura de un procedimiento de insolvencia, el cese de actividad o el deterioro manifiesto de la solvencia del Cliente Profesional facultarán al Vendedor para declarar vencidas y exigibles la totalidad de las cantidades pendientes, para exigir garantías adicionales o pago anticipado, y para resolver los pedidos en curso.

9. Plazos de fabricación y entrega

9.1. Naturaleza y cómputo

9.1.1. La Proforma indicará una horquilla de plazo estimado de fabricación de entre 10 y 30 días hábiles, salvo que la propia Proforma indique una horquilla distinta atendiendo al volumen, la complejidad, la variedad de piedra o el acabado solicitados.

9.1.2. A efectos de cómputo se entienden por días hábiles los días laborables en el municipio de Caravaca de la Cruz (Murcia), excluidos sábados, domingos y festivos nacionales, autonómicos y locales, así como el período anual de cierre por vacaciones del Vendedor y de sus instalaciones de fabricación, cuyas fechas se hacen constar en la Proforma cuando el pedido resulte afectado y se comunican por escrito al Cliente, con al menos treinta días naturales de antelación, cuando afecten a un pedido ya formalizado.

9.1.3. El cómputo se inicia en la Fecha de Inicio de Cómputo, entendida como aquella en que concurren simultáneamente y de forma acreditada: la Aprobación de Cotas por escrito, la recepción efectiva del primer pago en la cuenta del Vendedor, y la recepción de cuanta información técnica el Vendedor haya requerido al Cliente para ejecutar el pedido. Si estos requisitos se cumplen en fechas distintas, el cómputo se inicia en la más tardía de ellas.

9.1.4. La horquilla constituye una estimación de buena fe basada en la carga de trabajo, la disponibilidad de material y la complejidad de las Piezas en el momento de emitir la Proforma. Las partes la acuerdan expresamente como plazo de entrega a los efectos del artículo 66 bis del TRLGDCU.

9.1.5. Tratándose de Cliente Profesional, el Vendedor podrá prorrogar el límite superior de la horquilla por una sola vez y por un máximo de quince días hábiles, mediante comunicación escrita anterior a su vencimiento en la que exprese el motivo. Esta facultad no resulta aplicable al Consumidor.

9.1.6. La horquilla no constituye plazo esencial ni término fijo salvo pacto expreso por escrito, que se hará constar en la Proforma con la mención "plazo esencial". Salvo tal mención, el plazo no tiene la consideración de condición esencial del contrato a los efectos del artículo 1124 del Código Civil.

9.2. Causas de suspensión del plazo

El cómputo quedará suspendido, por el tiempo que dure la causa y por el estrictamente necesario para su superación, en los siguientes supuestos, que constituyen lista cerrada:

  • a) Falta de disponibilidad en cantera de material apto, conforme al apartado 5.7.
  • b) Aparición de defectos internos en el bloque o la tabla, no detectables antes del corte, que obliguen a repetir la selección de material.
  • c) Rotura de la Pieza durante el proceso de fabricación o acabado que obligue a reiniciarlo.
  • d) Solicitud de modificación de Cotas formulada por el Cliente tras la formalización.
  • e) Falta de respuesta del Cliente a una consulta técnica del Vendedor necesaria para continuar la fabricación, transcurridos cinco días hábiles desde el requerimiento.
  • f) Impago de cualquier cantidad vencida por el Cliente.
  • g) Concurrencia de una causa de fuerza mayor conforme al apartado 19.
  • h) Avería grave de maquinaria de mecanizado no imputable a falta de mantenimiento.

9.3. Obligación de comunicar

9.3.1. El Vendedor comunicará al Cliente, sin demora indebida y por escrito, la concurrencia de cualquier causa de suspensión, su naturaleza y la nueva horquilla estimada.

9.3.2. El incumplimiento de esta obligación de comunicación impedirá al Vendedor invocar la suspensión frente al Cliente.

9.4. Consecuencias del retraso — Cliente Profesional

9.4.1. El retraso no dará derecho a resolución ni a indemnización, salvo que sea imputable al Vendedor, supere en más de sesenta días naturales el límite superior de la horquilla y el Cliente haya requerido por escrito el cumplimiento otorgando un plazo adicional de al menos treinta días naturales.

9.4.2. Transcurrido dicho plazo adicional sin entrega, el Cliente Profesional podrá resolver el pedido y exigir la devolución de las cantidades abonadas, con exclusión de cualquier otra indemnización, penalización o resarcimiento por lucro cesante, retraso de obra, penalizaciones frente a terceros o daño reputacional.

9.4.3. No se admiten cláusulas penales por retraso impuestas unilateralmente por el Cliente en sus órdenes de compra, salvo aceptación expresa y por escrito del Vendedor.

9.5. Consecuencias del retraso — Consumidor

9.5.1. Se aplicará el artículo 66 bis del TRLGDCU. Si el Vendedor no entrega dentro del límite superior de la horquilla acordada, el Consumidor podrá emplazarle para que cumpla en un plazo adicional adecuado a las circunstancias. Si transcurrido dicho plazo el Vendedor sigue sin entregar, el Consumidor tendrá derecho a resolver el contrato y a la devolución íntegra de las cantidades abonadas.

9.5.2. El Consumidor podrá resolver de forma inmediata, sin conceder plazo adicional, cuando el Vendedor haya rechazado entregar los bienes, cuando resulte claro de las circunstancias que no va a entregarlos, o cuando el plazo se hubiera pactado como esencial.

9.5.3. Nada de lo dispuesto en este apartado 9 limita, excluye ni menoscaba los derechos que la normativa imperativa de consumo reconoce al Consumidor.

9.6. Entregas parciales

Salvo pacto en contrario, el Vendedor podrá realizar entregas parciales cuando ello permita anticipar la disposición de parte de las Piezas. Serán facturables de forma independiente. El Cliente no podrá rechazarlas por el solo hecho de serlo, salvo que acredite que la entrega fraccionada carece de utilidad para él.

10. Entrega, transporte y transmisión del riesgo

10.1. Salvo pacto expreso en contrario, la entrega se produce en las instalaciones designadas por el Vendedor en régimen EXW.

10.2. Cliente Profesional. El riesgo de pérdida o deterioro se transmite en el momento de la puesta a disposición de la mercancía. Cuando el transporte sea organizado por el Cliente o por un transportista designado por él, el riesgo se transmite con la entrega al transportista.

10.3. Consumidor. Conforme al artículo 66 ter del TRLGDCU, el riesgo se transmite cuando el Consumidor o un tercero por él indicado, distinto del transportista, haya adquirido la posesión material de los bienes. Si el transporte hubiera sido encargado por el Consumidor a un transportista propuesto por él, el riesgo se transmitirá con la entrega al transportista.

10.4. El Vendedor puede prestar servicio de coordinación logística a solicitud del Cliente. Dicha coordinación no altera el régimen EXW ni convierte al Vendedor en responsable del transporte, salvo pacto expreso.

10.5. Mora del acreedor y almacenamiento

10.5.1. Comunicada la puesta a disposición, el Cliente dispondrá de diez días hábiles para la retirada o para dar instrucciones de expedición.

10.5.2. Transcurrido dicho plazo sin retirada por causa imputable al Cliente, incluidos el retraso de obra, la falta de instrucciones de expedición o la indisponibilidad del destino, la Pieza permanecerá almacenada sobre palet en las instalaciones del Vendedor en zona exterior o semicubierta, que constituye el régimen ordinario de almacenamiento de producto expedible.

10.5.3. El Cliente reconoce y acepta que dicho almacenamiento expone la Pieza y su embalaje a polvo, suciedad, humedad, agua de lluvia, escorrentía, salpicadura, polen, deyecciones y demás agentes atmosféricos y ambientales propios de un entorno industrial exterior. La piedra natural calcárea es un material poroso susceptible de absorber suciedad y humedad ambiental. Los efectos de dicha exposición, incluidos ensuciamiento superficial, cercos, manchas, alteración de tono y deterioro del embalaje, no constituyen falta de conformidad ni defecto de fabricación y no dan derecho a devolución, sustitución, reducción de precio, limpieza a cargo del Vendedor ni indemnización.

10.5.4. El Vendedor documentará fotográficamente el estado de la Pieza en el momento de la puesta a disposición conforme al apartado 11.6. Dicho registro determina el estado de referencia a partir del cual se imputan al Cliente los efectos del almacenamiento prolongado.

10.5.5. El Cliente podrá solicitar en cualquier momento, a su costa, el traslado de la Pieza a almacenamiento cubierto o su embalaje reforzado.

10.5.6. La mora del acreedor no suspende ni aplaza la exigibilidad del precio, que deberá abonarse conforme al apartado 8 como si la entrega se hubiera producido.

10.6. Entrega fallida y reexpedición

Cuando la entrega no pueda completarse por ausencia del destinatario, dirección incorrecta, imposibilidad de acceso, ausencia de medios de descarga en destino o rechazo injustificado de la mercancía, los costes de la entrega fallida, del almacenaje y de la reexpedición serán por cuenta del Cliente.

10.7. Descarga y medios en destino

Salvo pacto expreso, la descarga en destino y la disposición de los medios necesarios son responsabilidad del Cliente, que debe verificar previamente que el acceso, el gálibo y los medios de manipulación son adecuados al peso y volumen de las Piezas. El Vendedor facilitará los datos de peso y dimensiones de embalaje a solicitud.

11. Recepción, inspección y reservas

11.1. El Cliente, o la persona designada para la recepción, debe examinar la mercancía en el momento de la entrega, verificando el número de bultos, el estado del embalaje y la existencia de daños aparentes.

11.2. Cualquier daño aparente o falta debe hacerse constar por escrito en el albarán o carta de porte en el momento de la recepción, con detalle suficiente, y comunicarse al Vendedor en un plazo máximo de veinticuatro horas acompañando fotografías del embalaje y de la Pieza.

11.3. La firma del albarán sin reservas hace presumir la correcta recepción en cuanto a daños aparentes, sin perjuicio de los derechos que correspondan al Consumidor conforme a la normativa imperativa.

11.4. Sin perjuicio de los derechos que la normativa imperativa reconozca al Consumidor, los plazos de reclamación son los siguientes:

Tipo de incidenciaPlazo para comunicarCómputo desdeDocumentación requerida
Daño aparente o falta de bultos24 horasRecepciónReserva en albarán y fotografías del embalaje y la Pieza
Dimensiones o acabado no conformes4 días naturalesRecepciónFotografías con referencia dimensional y copia del albarán
Vicios internos no apreciables en la recepción30 días naturalesEntregaFotografías de detalle y descripción del defecto
Falta de conformidad (Consumidor)3 añosEntregaConforme al apartado 13.1

Los plazos de cuatro y treinta días naturales aplicables al Cliente Profesional se establecen conforme a los artículos 336 y 342 del Código de Comercio. Transcurridos sin reclamación, se entenderá la mercancía aceptada.

11.5. Instalación. La Pieza debe permanecer sin instalar hasta que el Cliente haya verificado sus dimensiones y estado. La instalación de una Pieza implica su aceptación en cuanto a dimensiones, tono y aspecto, y excluye toda reclamación posterior por estos conceptos. No excluye la reclamación por defectos ocultos que solo pudieran manifestarse con el uso.

11.6. Registro fotográfico

11.6.1. El Vendedor realiza un registro fotográfico de cada Pieza y de su embalaje en dos momentos: en la fecha de comunicación de la puesta a disposición y con carácter previo a la expedición. Ambos registros se conservan vinculados al pedido.

11.6.2. Dichos registros constituyen prueba del estado, dimensiones y aspecto de la Pieza en cada uno de esos momentos. El Cliente podrá solicitar copia en cualquier momento durante el plazo de garantía.

11.6.3. En caso de discrepancia sobre el estado de una Pieza a su recepción, se estará al contraste entre los registros fotográficos del Vendedor y las fotografías aportadas por el Cliente conforme al apartado 11.2.

11.6.4. Cuando medie almacenamiento prolongado por causa imputable al Cliente conforme al apartado 10.5, el registro efectuado en la fecha de puesta a disposición determina el estado de referencia de la Pieza.

12. Devoluciones, desistimiento y cancelaciones

12.1. Régimen general

Todas las Piezas se fabrican individualmente bajo pedido, en material natural, conforme a las especificaciones definidas y aprobadas por el Cliente en el documento de Cotas. En consecuencia, el Vendedor no admite devoluciones ni reintegros por motivos ajenos a la falta de conformidad del producto. En particular, y a título enunciativo, no dan derecho a devolución ni reembolso:

  • a) El cambio de opinión, de gusto o de criterio estético del Cliente.
  • b) La disconformidad con el tamaño, la proporción o la escala de la Pieza, cuando esta se ajusta a las Cotas aprobadas y a las tolerancias del apartado 6.
  • c) La disconformidad con el tono, el veteado, la textura o cualquiera de las características inherentes al material descritas en el apartado 4, valoradas conforme al criterio del apartado 4.6.
  • d) El error de medición, de proyecto o de replanteo imputable al Cliente o a sus técnicos.
  • e) La modificación, suspensión, retraso o cancelación del proyecto de obra del Cliente.
  • f) La incompatibilidad con grifería, mobiliario, encimera o instalación hidráulica no comunicada al Vendedor antes de la Aprobación de Cotas.
  • g) Los daños producidos durante el transporte organizado por el Cliente, o durante la manipulación, almacenamiento o instalación en destino.
  • h) La imposibilidad de acceso o instalación en destino por razones de dimensión, peso, gálibo o configuración del inmueble.
  • i) La pérdida de interés comercial del Cliente Profesional en la Pieza, incluida la falta de venta a su cliente final.

12.2. Consumidor: derecho de desistimiento

12.2.1. Conforme al artículo 103.c) del TRLGDCU, el derecho de desistimiento no resulta aplicable al suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario o claramente personalizados.

12.2.2. Toda Pieza Senthia Core se fabrica individualmente a partir de las especificaciones que el Cliente define y aprueba con carácter previo a la emisión de la Proforma, y que comprenden en todo caso:

  • a) La variedad de piedra seleccionada por el Cliente, que determina el bloque de cantera del que se extrae la Pieza.
  • b) Las dimensiones seleccionadas por el Cliente, que determinan el corte de la tabla.
  • c) El acabado superficial seleccionado por el Cliente, que se aplica de forma irreversible sobre la Pieza.
  • d) La configuración de válvula y perforación seleccionada por el Cliente, que determina la existencia, el diámetro y la geometría del taladro practicado en la Pieza.

12.2.3. Cada una de estas especificaciones compromete material y capacidad productiva de forma irreversible. Una vez seleccionado el bloque, ejecutado el corte, aplicado el acabado y practicada la perforación, la Pieza resultante no admite reconfiguración ni resulta comercializable a un tercero distinto del Cliente que la especificó.

12.2.4. En consecuencia, el Consumidor no dispone de derecho de desistimiento respecto de las Piezas Senthia Core, circunstancia de la que se le informa expresamente en el documento de Cotas, en la Proforma y en las presentes Condiciones con carácter previo a la formalización del pedido, conforme al artículo 97.1.i) del TRLGDCU.

12.2.5. El Vendedor no emite Proforma ni inicia fabricación alguna sin que el Cliente haya definido y aprobado por escrito la totalidad de las especificaciones del apartado 12.2.2. No existe configuración por defecto ni pedido sin especificar.

12.3. Cancelación de pedido

Formalizado el pedido, el Cliente podrá solicitar su cancelación por escrito. El Vendedor valorará la solicitud atendiendo al estado de fabricación:

  • a) Si no se ha iniciado la selección de material ni el corte, el Vendedor podrá aceptar la cancelación reteniendo un importe en concepto de gastos de gestión y planificación que no excederá del 15 % del importe del pedido.
  • b) Si se ha iniciado la selección de bloque o el corte, la cancelación supondrá la pérdida del importe abonado a cuenta, al haberse comprometido material y capacidad productiva de forma irreversible para una pieza no comercializable a terceros.
  • c) Si la fabricación ha finalizado, no se admitirá la cancelación y el Cliente vendrá obligado al pago íntegro del precio.

Cuando el Cliente sea Consumidor, esta cláusula se aplicará conforme a los criterios de proporcionalidad del artículo 87.6 del TRLGDCU, sin que la penalización pueda resultar desproporcionadamente alta en relación con el perjuicio efectivamente causado. El Vendedor acreditará, a solicitud del Consumidor, el estado de fabricación alcanzado y los costes incurridos.

13. Garantía

13.1. Consumidor

El Vendedor responde ante el Consumidor de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega y se manifiesten en el plazo de tres años desde la entrega, conforme al artículo 120 del TRLGDCU.

Salvo prueba en contrario, se presume que las faltas de conformidad que se manifiesten en los dos años siguientes a la entrega ya existían en el momento de la entrega, conforme al artículo 121 del TRLGDCU, excepto cuando dicha presunción resulte incompatible con la naturaleza del bien o con la índole de la falta de conformidad.

El plazo de prescripción para el ejercicio de las acciones derivadas de la falta de conformidad es de cinco años desde su manifestación, conforme al artículo 124 del TRLGDCU.

En caso de falta de conformidad, el Consumidor tendrá derecho a la puesta en conformidad mediante reparación o sustitución y, subsidiariamente, a la reducción del precio o a la resolución del contrato, en los términos y con los límites de los artículos 118 y siguientes del TRLGDCU.

Ninguna disposición de las presentes Condiciones limita, excluye ni menoscaba los derechos que la normativa imperativa de consumo reconoce al Consumidor.

13.2. Cliente Profesional

Frente al Cliente Profesional, la garantía se limita a la reparación o sustitución, a elección del Vendedor, de las Piezas que presenten defectos de fabricación imputables al Vendedor, comunicados dentro de los plazos del apartado 11.4 y, en el caso de vicios ocultos, dentro del plazo de seis meses del artículo 1490 del Código Civil.

Ejercitada la reparación o sustitución, el Cliente Profesional no tendrá derecho a ninguna otra pretensión por el mismo defecto, salvo dolo o culpa grave del Vendedor.

13.3. Exclusiones de la garantía

La garantía no cubre, sin perjuicio de los derechos imperativos del Consumidor:

  • a) Las características inherentes al material descritas en el apartado 4.
  • b) Las desviaciones dimensionales dentro de las tolerancias del apartado 6.
  • c) Los daños derivados de una instalación incorrecta, defectuosa o no ajustada a las instrucciones facilitadas por el Vendedor.
  • d) Los daños derivados de golpes, caídas, sobrecargas, apalancamientos o manipulación indebida.
  • e) Las manchas, alteraciones cromáticas, pérdida de brillo, marcas de agua o cercos derivados del incumplimiento de las instrucciones de mantenimiento del apartado 14, del uso de productos de limpieza inadecuados o de la ausencia o caducidad del tratamiento hidrofugante.
  • f) El desgaste normal derivado del uso.
  • g) Los daños causados por heladas, temperaturas extremas, productos químicos agresivos o agentes atmosféricos, cuando la Pieza no haya sido específicamente suministrada para uso en exterior.
  • h) Las modificaciones, mecanizados, pulidos, rebajes o reparaciones efectuados por el Cliente o por terceros sin autorización escrita del Vendedor. Cualquier intervención de este tipo extingue la garantía sobre la Pieza intervenida.
  • i) Los defectos que el Cliente conociera o no pudiera ignorar en el momento de la contratación.
  • j) Los daños derivados de la ejecución de obras, movimientos estructurales, asentamientos o vibraciones en el inmueble de destino.
  • k) Los daños derivados del almacenamiento inadecuado de la Pieza por el Cliente antes de su instalación, incluida la exposición a la intemperie, la humedad excesiva, el apoyo horizontal prolongado sin soporte o el apilamiento.

13.4. Procedimiento de reclamación

Toda reclamación en garantía se dirigirá a trade@senthiacore.com acompañando:

  1. 1. Número de Proforma o factura y fecha de recepción.
  2. 2. Descripción del defecto.
  3. 3. Fotografías de conjunto y de detalle del defecto, con referencia dimensional.
  4. 4. Copia del albarán de entrega.

El Vendedor podrá solicitar información complementaria, muestras, el examen de la Pieza en sus instalaciones o el acceso al lugar de instalación. La colaboración del Cliente en la verificación es condición para la tramitación.

El Vendedor acusará recibo de toda reclamación en un plazo máximo de 48 horas hábiles y comunicará su valoración en un plazo máximo de treinta días naturales desde que disponga de toda la información necesaria.

13.5. Instalación por terceros

13.5.1. El Vendedor no presta servicio de instalación. La instalación corresponde al Cliente o a los profesionales que este designe.

13.5.2. El Vendedor no responde de los actos, omisiones, errores ni daños causados por instaladores, contratistas, transportistas o terceros contratados por el Cliente, aunque hubieran sido recomendados por el Vendedor. Toda recomendación de profesionales se presta a título meramente informativo y no genera relación de dependencia, mandato ni responsabilidad solidaria.

13.5.3. Frente al Consumidor se aplicará el artículo 115 quater del TRLGDCU en materia de instalación incorrecta, sin que el Vendedor responda cuando la instalación haya sido realizada por el propio Consumidor o por terceros bajo su responsabilidad y el defecto no derive de instrucciones incorrectas facilitadas por el Vendedor.

14. Instalación, uso y mantenimiento

14.1. La instalación debe realizarse por personal cualificado, conforme a las instrucciones facilitadas por el Vendedor y a la normativa técnica aplicable.

14.2. Antes de la puesta en uso, la Pieza debe tratarse con un producto hidrofugante y antimanchas específico para piedra natural calcárea, y dicho tratamiento debe renovarse periódicamente conforme a las indicaciones del fabricante del producto.

14.3. No deben utilizarse en ningún caso productos de limpieza ácidos (incluidos vinagre, limón, descalcificadores y limpiadores antical), lejía, amoniaco, disolventes, estropajos abrasivos ni herramientas metálicas. La piedra calcárea reacciona con los ácidos y sufre daños irreversibles en la superficie.

14.4. Para la limpieza diaria se recomienda agua templada y jabón de pH neutro, con paño suave, secando la superficie tras cada uso para evitar la formación de cercos.

14.5. El incumplimiento de las indicaciones de este apartado excluye la cobertura de la garantía respecto de los daños derivados de dicho incumplimiento.

14.6. Uso en exterior y ambientes agresivos

14.6.1. Salvo que la Proforma indique expresamente el suministro para uso en exterior, las Piezas se suministran para uso en interior.

14.6.2. La instalación en exterior, en zonas expuestas a heladas, en entornos costeros con alta salinidad, en spas, saunas o en instalaciones con agua clorada, salina o de elevada dureza, requiere especificación previa y expresa por escrito, y puede exigir un tratamiento o un material distintos.

14.6.3. La instalación en condiciones distintas de las especificadas en la Proforma excluye la cobertura de la garantía respecto de los daños derivados de dicha exposición.

14.7. Documentación técnica

14.7.1. El Vendedor facilita al Cliente, de forma gratuita y con carácter previo a la formalización del pedido, el manual de instalación, uso y mantenimiento correspondiente a cada línea de producto, así como la ficha técnica del material. Dicha documentación se remite junto con el documento de Cotas y puede solicitarse en cualquier momento en trade@senthiacore.com.

14.7.2. El Cliente declara haber tenido acceso a dicha documentación con carácter previo a la formalización del pedido y se obliga a trasladarla al instalador y, en su caso, a su cliente final.

14.7.3. La instalación o el mantenimiento realizados sin observar dicha documentación excluyen la cobertura de la garantía respecto de los daños derivados de tal inobservancia.

15. Limitación de responsabilidad

15.1. La responsabilidad del Vendedor frente al Cliente Profesional derivada de un pedido queda limitada al importe facturado por dicho pedido.

15.2. El Vendedor no responderá frente al Cliente Profesional de daños indirectos, lucro cesante, pérdida de negocio, retrasos de obra, penalizaciones contractuales frente a terceros, costes de desmontaje y remontaje de elementos ajenos a la Pieza, ni daños reputacionales.

15.3. Las limitaciones de este apartado no se aplican en los casos de dolo o culpa grave del Vendedor, ni respecto de los daños a la vida, la integridad física o la salud de las personas, ni en ningún supuesto en que la normativa imperativa lo impida, ni frente al Consumidor en aquello que menoscabe sus derechos legales.

15.4. Daños en obra. El Vendedor no responde de los daños causados a la Pieza ni por la Pieza una vez entregada, incluidos los producidos durante el almacenamiento en obra, el trasiego de otros oficios, la ejecución de trabajos posteriores o la puesta en carga de elementos constructivos, salvo que deriven de un defecto de fabricación imputable al Vendedor.

15.5. Responsabilidad por productos defectuosos. Nada de lo dispuesto en las presentes Condiciones excluye ni limita la responsabilidad que corresponda al Vendedor conforme al régimen de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos de los artículos 128 y siguientes del TRLGDCU.

16. Propiedad intelectual e industrial

16.1. La contratación no transfiere al Cliente derecho alguno sobre las marcas, diseños, planos, fichas técnicas, fotografías, renders o cualquier otro material del Vendedor.

16.2. El Cliente se obliga a no reproducir, fabricar ni encargar a terceros la fabricación de piezas basadas en los diseños del Vendedor, ni a utilizar la documentación técnica facilitada para fines distintos de la ejecución del pedido y su instalación. Los documentos de Cotas se facilitan exclusivamente para la verificación e instalación de la Pieza contratada.

16.3. Los distribuidores y prescriptores autorizados podrán utilizar el material gráfico y la marca del Vendedor exclusivamente en los términos de su respectivo acuerdo de distribución o prescripción.

16.4. Piezas de exposición y material promocional

16.4.1. Las piezas suministradas en condiciones de exposición se destinan exclusivamente a su exhibición en el establecimiento del Cliente Profesional y no pueden ser revendidas como producto nuevo sin autorización escrita del Vendedor.

16.4.2. El Cliente Profesional se obliga a mantenerlas en estado adecuado de presentación y a asociarlas de forma clara e inequívoca a la marca Senthia Core, sin mezclarlas ni confundirlas con productos de otros fabricantes.

16.4.3. El uso de la marca, el logotipo y el material gráfico del Vendedor en el establecimiento, la web o los canales del Cliente Profesional se autoriza únicamente para promocionar los productos del Vendedor y queda revocado automáticamente al finalizar la relación comercial.

16.4.4. El Cliente Profesional no registrará ni solicitará el registro, en ningún territorio, de marcas, nombres comerciales, nombres de dominio o diseños idénticos o confundibles con los del Vendedor.

17. Confidencialidad

Las tarifas, descuentos, condiciones comerciales, documentación técnica y datos de proveedores facilitados por el Vendedor tienen carácter confidencial. El Cliente se obliga a no divulgarlos a terceros sin autorización previa y por escrito, obligación que subsistirá durante dos años tras la finalización de la relación comercial.

18. Protección de datos

El tratamiento de los datos personales del Cliente se rige por la Política de Privacidad disponible en https://www.senthiacore.com/privacidad, que forma parte integrante de las presentes Condiciones.

19. Fuerza mayor

19.1. Ninguna de las partes responderá del incumplimiento de sus obligaciones cuando obedezca a causas de fuerza mayor o caso fortuito, entendiendo por tales, entre otras, catástrofes naturales, incendios, inundaciones, conflictos armados, epidemias, decisiones de autoridad, huelgas generales o del sector, cortes prolongados de suministro energético, interrupción del suministro de materia prima en cantera por causas geológicas o administrativas, ciberataques, y averías graves de maquinaria no imputables a falta de mantenimiento.

19.2. La parte afectada lo comunicará sin demora, describiendo la causa y su previsible duración, y adoptará las medidas razonables para mitigar sus efectos.

19.3. Si la causa persiste más de noventa días naturales, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato mediante comunicación escrita, procediéndose a la liquidación de las prestaciones ya ejecutadas y a la devolución de las cantidades correspondientes a las no ejecutadas, sin indemnización.

19.4. La fuerza mayor no exonera de las obligaciones de pago de cantidades ya vencidas.

20. Modificación de las Condiciones

El Vendedor podrá modificar las presentes Condiciones. La versión aplicable a cada pedido será la publicada en el Sitio Web en el momento de la formalización. La Proforma identifica esa versión y su fecha, y remite al enlace permanente de la copia archivada correspondiente, que no se modifica con posterioridad. Las versiones anteriores permanecen accesibles en el archivo histórico del Sitio Web. Las modificaciones no afectarán a los pedidos ya formalizados.

21. Nulidad parcial

La declaración de nulidad, invalidez o ineficacia de cualquiera de las cláusulas no afectará a la validez del resto, que continuará siendo plenamente aplicable. La cláusula afectada se sustituirá por otra que, siendo válida, se aproxime en mayor medida a la finalidad perseguida por la original.

22. Renuncia

La falta de ejercicio o el ejercicio tardío por el Vendedor de cualquier derecho no supondrá renuncia al mismo ni impedirá su ejercicio posterior. La tolerancia de un incumplimiento no constituye precedente ni modifica las Condiciones.

23. Ley aplicable y resolución de controversias

23.1. Las presentes Condiciones se rigen por la legislación española. Queda expresamente excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, hecha en Viena el 11 de abril de 1980.

23.2. Cliente Profesional domiciliado en España o en la Unión Europea. Las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Murcia capital, con renuncia a cualquier otro fuero.

23.3. Cliente Profesional domiciliado fuera de la Unión Europea. Toda controversia se resolverá definitivamente mediante arbitraje administrado por la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, conforme a su Reglamento. El arbitraje será de derecho, con árbitro único, sede en Murcia (España) e idioma español. Las partes se comprometen a cumplir el laudo que se dicte.

23.4. Consumidor. No resulta de aplicación sumisión expresa alguna. Será competente el juzgado que corresponda conforme a la normativa aplicable. El Consumidor puede además dirigir sus reclamaciones a las oficinas municipales de información al consumidor, a los organismos de consumo de su comunidad autónoma o a la Junta Arbitral de Consumo competente.

23.5. Se hace constar que la plataforma europea de resolución de litigios en línea prevista en el Reglamento (UE) 524/2013 fue suprimida en virtud del Reglamento (UE) 2024/3228, con efectos desde el 20 de julio de 2025, por lo que no resulta ya un cauce disponible.

23.6. El Vendedor no está adherido al sistema arbitral de consumo.

24. Obligaciones específicas del Cliente Profesional revendedor

24.1. El Cliente Profesional que revenda las Piezas a terceros actúa en nombre y por cuenta propia, sin representación del Vendedor, y asume frente a su cliente final las obligaciones que le correspondan como vendedor conforme a la normativa aplicable.

24.2. Se obliga a trasladar a su cliente final la información técnica facilitada por el Vendedor, en particular la relativa a la naturaleza del material (apartado 4), el criterio de evaluación visual (apartado 4.6), las tolerancias dimensionales (apartado 6) y las instrucciones de instalación y mantenimiento (apartado 14).

24.3. No realizará declaraciones, promesas de plazo, garantías ni compromisos en nombre del Vendedor que excedan de los contenidos en las presentes Condiciones. El Vendedor no quedará vinculado por compromisos asumidos unilateralmente por el revendedor frente a su cliente final.

24.4. Mantendrá indemne al Vendedor frente a las reclamaciones de su cliente final que traigan causa del incumplimiento de las obligaciones de este apartado 24.

25. Cesión y subcontratación

25.1. El Cliente no podrá ceder su posición contractual ni los derechos y obligaciones derivados de un pedido sin consentimiento previo y por escrito del Vendedor.

25.2. El Vendedor podrá subcontratar total o parcialmente la fabricación, el acabado, el embalaje y el transporte, respondiendo en todo caso frente al Cliente del cumplimiento de sus obligaciones.

25.3. El Vendedor podrá ceder los créditos derivados de las facturas emitidas a entidades financieras o a terceros a efectos de financiación o cobro, notificándolo al Cliente.

26. Cumplimiento normativo

26.1. Cada parte se obliga a cumplir la normativa aplicable en materia de prevención del blanqueo de capitales, sanciones internacionales, control de exportaciones y prevención de la corrupción.

26.2. El Cliente declara que no se encuentra incluido en listas de sanciones de la Unión Europea, de las Naciones Unidas ni de los Estados Unidos de América, y que las Piezas no se destinarán a personas o territorios sujetos a medidas restrictivas.

26.3. El Vendedor podrá suspender o resolver cualquier pedido, sin responsabilidad ni indemnización, cuando su ejecución pudiera suponer una infracción de la normativa de sanciones internacionales.

27. Comunicaciones

27.1. Las comunicaciones se realizarán por escrito, a las direcciones de correo electrónico designadas en la Proforma. Las partes reconocen validez y eficacia al correo electrónico como medio de comunicación contractual.

27.2. Las comunicaciones que produzcan efectos resolutorios, de reclamación formal o de constitución en mora deberán realizarse por un medio que deje constancia fehaciente de su contenido, fecha de emisión y recepción, como el burofax con acuse de recibo o el correo electrónico certificado con sello de tiempo.

27.3. Cada parte comunicará a la otra cualquier cambio en sus datos de contacto. Las comunicaciones dirigidas a la última dirección comunicada se tendrán por válidamente efectuadas.

28. Idioma

Las presentes Condiciones se redactan en español. Las traducciones a otros idiomas que el Vendedor pueda facilitar tienen carácter informativo. En caso de discrepancia entre versiones, prevalecerá la versión en español.

29. Marcado CE y declaración de prestaciones

29.1. Los productos de piedra natural destinados a encimeras de cocina y baño, lavabos y elementos sanitarios no tienen la consideración de productos de construcción y carecen de norma armonizada aplicable, por lo que no están sujetos a marcado CE.

29.2. Cuando el suministro tenga por objeto productos sujetos a norma armonizada, en particular baldosas para pavimento exterior (EN 1341), adoquines (EN 1342), bordillos (EN 1343), placas para revestimiento mural (EN 1469), plaquetas (EN 12057) o baldosas para pavimentos y escaleras (EN 12058), el Vendedor pondrá a disposición del Cliente la correspondiente declaración de prestaciones y el marcado CE con carácter previo a la formalización del pedido.

29.3. Corresponde a la dirección facultativa de la obra, y no al Vendedor, validar la idoneidad y conveniencia del material, el formato y el espesor para el uso previsto. El asesoramiento del Vendedor se presta conforme al apartado 5.6 y no sustituye dicha validación.

30. Aceptación

La formalización del pedido conforme al apartado 5 implica la aceptación plena, expresa y sin reservas de las presentes Condiciones, que el Cliente declara haber leído y comprendido en su integridad con carácter previo, así como de las Cotas aprobadas para cada Pieza y de la horquilla de plazo indicada en la Proforma.